1- LEY N° 21.168 DE ATENCIÓN PREFERENTE EN SALUD
En Clínica Pasteur estamos comprometidos con el cumplimiento de la Ley N° 21.168, que establece el derecho a atención preferente para determinados grupos de la población en los establecimientos de salud.
Esta normativa tiene como objetivo facilitar el acceso oportuno a las prestaciones de salud de aquellas personas que, debido a su condición, requieren una atención más expedita y adecuada a sus necesidades.
Tienen derecho a atención preferente, entre otros grupos definidos por la ley:
En Clínica Pasteur promovemos una atención inclusiva, respetuosa y centrada en las personas, disponiendo de medidas que favorecen la accesibilidad y oportunidad en la atención de quienes se encuentran amparados por esta legislación.
Si usted considera que cumple con alguna de las condiciones establecidas por la ley, puede informarlo a nuestro equipo de admisión o atención de pacientes para orientarlo adecuadamente durante su proceso de atención.
Nuestro compromiso es brindar una atención segura, humanizada y accesible para todos.
2- LEY N° 20.584 DE DERECHOS Y DEBERES DE LOS PACIENTES
En Clínica Pasteur reconocemos y promovemos los derechos de las personas en relación con las acciones vinculadas a su atención de salud, de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 20.584.
Esta normativa tiene por objetivo resguardar la dignidad, autonomía, privacidad y seguridad de los pacientes, garantizando una atención basada en el respeto, la información oportuna y la participación activa en las decisiones relacionadas con su salud.
Entre los principales derechos de los pacientes destacan:
Asimismo, la ley establece deberes que contribuyen a una atención segura y de calidad, entre ellos:
En Clínica Pasteur trabajamos diariamente para garantizar el cumplimiento de estos derechos y deberes, promoviendo una atención centrada en las personas, basada en la calidad, la seguridad, la humanización y el respeto por cada paciente y su familia.
3- LEY DE GARANTÍAS EXPLÍCITAS EN SALUD (GES)
El Régimen de Garantías Explícitas en Salud (GES) es un beneficio establecido por ley que asegura a los beneficiarios de FONASA e ISAPRES el acceso a un conjunto de problemas de salud priorizados, garantizando condiciones mínimas de atención definidas por el Estado.
Estas garantías buscan asegurar que las personas reciban atención de salud oportuna, de calidad y con protección financiera, independientemente de su previsión de salud.
Las garantías contempladas por el GES son:
Acceso: Derecho a recibir las prestaciones de salud definidas para cada problema de salud cubierto.
Oportunidad: Plazos máximos establecidos para la atención, diagnóstico, tratamiento y seguimiento de cada patología.
Calidad: Prestaciones otorgadas por establecimientos y profesionales acreditados conforme a la normativa vigente.
Protección Financiera: Cobertura económica que limita el copago que debe asumir el beneficiario.
En Clínica Pasteur contamos con un equipo especializado para orientar y acompañar a nuestros pacientes durante el proceso de activación y utilización de sus beneficios GES, facilitando el acceso a las prestaciones y entregando información clara sobre los requisitos y etapas del proceso.
Nuestro compromiso es garantizar una atención segura, oportuna y centrada en las personas, contribuyendo a que los pacientes ejerzan plenamente los derechos que les otorga la legislación vigente.
Para mayor información sobre cobertura, requisitos y patologías incluidas en el régimen GES, puede contactar a nuestro equipo de atención de pacientes o consultar directamente con su aseguradora de salud.